IBERIA: Firmado preacuerdo del XXI Convenio Colectivo.

IBERIA: Firmado preacuerdo del XXI Convenio Colectivo.

A falta de la firma definitiva del Convenio, con este preacuerdo se mejora las condiciones laborales y de conciliación de todos los colectivos de la Compañía.

Esta mañana ha tenido lugar la firma del preacuerdo del XXI Convenio Colectivo de IBERIA.

Desde el primer momento UGT se marcó como meta la mejora de las condiciones laborales de la plantilla de IBERIA.

Después de año y medio de negociación se ha conseguido plasmar un acuerdo que, como en toda negociación, no alcanza todas las reivindicaciones planteadas, pero que, después de analizar la historia de este proceso, nos hace sentir orgullosos de lo conseguido, a pesar de las dificultades encontradas en el camino.

A falta de la firma definitiva del Convenio, con este preacuerdo se mejora las condiciones laborales y de conciliación de todos los colectivos de la Compañía, aumentando, por ejemplo, los días de descanso del personal FIJO (FTC, FIJI, FD, FTP) y dignificando y ofreciendo una posibilidad de futuro al personal eventual, garantizando, a la firma del convenio, la transformación de los contratos de 800 personas y ofreciendo una posibilidad cierta de mayor y mejor empleo en 2020 y 2021.

Asimismo, se garantiza un desarrollo profesional y una gratificación acorde con el mercado del personal TMA.

En la Dirección se Servicios Centrales abrimos la posibilidad de una mejor conciliación de la vida laboral y personal con la inclusión del Teletrabajo, quedando todavía una serie de medidas de fácil implantación y que buscan mejorar y reforzar dicha conciliación.

Económicamente, los incrementos salariales pactados mejorarán, sustancialmente, la nómina de todos los trabajadores y trabajadoras a lo largo de la vigencia del convenio, cuyos atrasos generados desde 01/01/2018 se recibirán antes del 20 de enero de 2020.

Además, se arrancan a IBERIA Garantías de no Segregación de Negocios, de Proveedor Preferente y de Empleo por la compra de AIR EUROPA, que permiten afrontar el futuro con mayor tranquilidad

Nadie puede discutir que en muchos momentos nos hemos enfrentado solos a la inacción de la empresa, que ha alargado innecesariamente este proceso, y que nos ha llevado a posicionarnos frente a IBERIA por la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras.

Ha sido duro, pero al final desde UGT entendemos que ha merecido la pena luchar por todos los compañeros y compañeras para tratar de acelerar este proceso y conducirlo a mejor final posible.

Queda todavía partido, pero los cimientos son sólidos, y desde UGT entendemos que es un muy buen acuerdo y colma una gran parte de nuestras aspiraciones.

Seguiremos trabajando hasta el final por conseguir lo mejor para todos y todas, pese a quien le pese.

A modo de resumen enumeramos los siguientes puntos del preacuerdo alcanzado:

  1. Vigencia

Desde el 01/01/2018 hasta 31/12/2021.

  1. Aspectos Económicos

El incremento salarial consolidado para el año 2018 será de un 2,5%.

El incremento salarial consolidado para el año 2019 será de un 2%.

El sistema de participación en beneficios para los años 2018 y 2019 consistirá en el abono de un pago único, no consolidable, de un 1% para el 2018 y un 1,5% para el 2019.

El incremento salarial para los años 2020 y 2021 vendrá determinado por el ratio EBIT/INGRESOS de cada año conforme al escalado que, a continuación, se establece y será consolidable en los porcentajes que asimismo se reflejan en el cuadro que figura más adelante.

Para los años 2020 y 2021 el sistema anual de participación en beneficios será calculado según el ratio EBIT/INGRESOS, por el que se abonará una cantidad no consolidable, conforme al cuadro que figura a continuación:

EBIT/ INGRESOS

% INCREMENTO

SOBRE MASA SALARIAL

CONSOLIDADO

% SOBRE MASA

SALARIAL(PAGO

ÚNICO NO 

CONSOLIDADO)

TOTAL
<0 0,00% 0,00% 0,00%
0-<2,5 0,50% 0,50% 1,00%
2,5-<5,0 1,30% 1,25% 2,55%
5,0-<7,0 1,45% 1,75% 3,20%
7,0-<10,0 1,70% 1,75% 3,45%
10,0-<12,0 2,00% 1,50% 3,50%
12,0-<14,0 2,00% 1,75% 3,75%
14,0-<16,0 2,00% 2,00% 4,00%
>=16,0 2,00% 2,50% 4,50%

 

A partir del 01/01/2022, de haber no haber un nuevo convenio se aplicará una revisión salarial en los mismos términos pactados para los años 2020 y 2021.

A fin de garantizar el poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras de IBERIA si el IPC acumulado correspondiente a los años de vigencia del convenio es superior al incremento salarial consolidado acumulado realizado en ese período, y la rentabilidad media de la Compañía (EBIT/INGRESOS) durante ese período es igual o superior al 7%, esa diferencia supondrá un incremento salarial consolidado en el año 2022.

Se acuerda implantar un sistema de retribución flexible para el personal de Tierra de la Compañía,

  1. Transformación de Contratos

Se acuerda la transformación de 800 contratos a la firma del Convenio y se acordará antes del 31 de marzo de 2020 y de 2021 las transformaciones que se ejecutarán en junio de cada uno de esos años.

  1. Días de Presencia en DSA

En el año 2020 y 2021 se reducen los días de presencia en 4 por año ya que se establece la reducción de días desde 01/01/2018 en dos, que al no poder haber sido disfrutados en 2018 y 2019 se acumulan en los dos años posteriores.

  1. Personal Fijo Discontinuo

Entre otras medidas, se mejora las condiciones del personal Fijo Discontinuo aumentando el número de jornadas de descanso y se estipula un plus para los tiempos completos de igual cuantía en todas las escalas.

Asimismo, se programarán sus horarios con un plazo de 15 días, mejorando lo actualmente existente.

  1. Personal Tiempo Parcial

Se iguala el periodo de vacaciones al del personal a Tiempo Completo (30 días laborables).

  1. Personal Eventual

Se establece una jornada mínima diaria de dos horas.

  1. Horas Perentorias

A partir del 1 de enero de 2020, el importe mínimo a pagar en caso de optar el trabajador por el abono relativo a la realización de horas perentorias, será el pactado en el Convenio Colectivo General del Sector de Servicios de Asistencia en Tierra en Aeropuertos (Handling) aplicable en cada momento, pudiéndose optar también por la libranza compensatoria (1×1) y el abono de una cantidad correspondiente al 75% del valor de la hora perentoria.

  1. Jornadas Reducidas

Para el personal Fijo de Jornada Irregular que se encuentre en situación de reducción de jornada se acuerda abonar  el Plus de Jornada Irregular Diario, independientemente de la concreción y de la reducción.

  1. Permiso de Lactancia

Se aumenta a 15 días naturales dicho periodo.

  1. Nuevos Pluses con efectos del 1 de enero de 2018

Plus Dirección Servicios Aeroportuarios, para todo el personal adscrito a la DSA, con una cuantía que asciende a 17,81€/ mes

Plus Dirección Técnica, para el personal adscrito a la DT, excepto los que pertenezcan al grupo laboral de TMA,  con un valor de 17,81€/mes.

Plus Áreas Corporativas y Línea Aérea, cuyo valor será de 53,19€/mes, que no se abonará al personal no adscritos a la DSA, ni a la DT, ni a aquellos que pertenezcan al grupo laboral de TMA.

El valor del Plus se refiere a una persona a Tiempo Completo pagándose en proporción a la jornada efectivamente realizada.

  1. Billetes

Reducción de un 50% en el precio de billetes gratuitos sin reserva (R2) de Corto y Medio Radio y de un 90% en el Largo. En los zonales sin reserva un 25%.

Se podrán emitir, en las rutas operadas por Iberia Express, billetes gratuitos sin reserva (R2), computándose dentro del límite máximo de billetes gratuitos sin reserva establecido en el convenio.

El trabajador o trabajadora titular y sus beneficiarios disfrutarán de los billetes recogidos en el convenio desde el momento de la contratación en la red nacional o europea, y al cumplir 6 meses desde su ingreso en la Compañía, en la totalidad de la red.

Podrá designar:

  • 2 beneficiarios de libre designación, sin que ninguno de los mismos tenga que cumplir ningún requisito de parentesco.
  • Hijos menores de 26 años (con independencia del número de hijos que tenga).

El trabajador o trabajadora en situación de pasivo podrá tener a su cónyuge/pareja de hecho y a 2 beneficiarios de libre designación, sin que ninguno de los mismos tenga que cumplir ningún requisito de parentesco.

Posibilidad de incluir como beneficiario en la IBF-49 (tarjeta rosa) a familiares de hasta tercer grado, los cuales podrán disfrutar de  billetes con descuento sin reserva ilimitados (Z2).

Los cambios en los beneficiarios podrán realizarse cuando hayan transcurrido al menos 6 meses desde el último cambio de ese beneficiario, surtiendo efectos de manera inmediata.

En caso de fallecimiento del trabajador, o de su cónyuge o pareja de hecho fuera del lugar de residencia del trabajador, se concederá un billete adicional gratuito de ida y vuelta con reserva de plaza al aeropuerto de la red de Iberia más próximo al lugar del fallecimiento.

  1. Loreto

Se incrementarán en un 6,38% las bases de cálculo de las aportaciones al Fondo Social del Personal de Tierra.

  1. Personal Fuera de Convenio

El límite máximo de personal fuera de Convenio Colectivo pasará a ser de 650 personas.              

  1. Comisión de Turnos, Horarios y Jornadas (DSA)

Se crea dicha Comisión Paritaria con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los trabajadores.

  1. Comisión On Call, Guardias y Bolsa de Horas (DT)

Al objeto de mejorar la calidad de la vida de los trabajadores de la Dirección Técnica, y garantizar el cumplimiento de los planes de producción, se creará una comisión paritaria, que analizará los sistemas de on call y guardias de la Dirección Técnica, y la bolsa de horas. 

  1. Garantías

Garantía de no segregación de negocios y Garantía de proveedor preferente.

  1. Complemento de Función

A la firma del convenio aquellos trabajadores que estén percibiendo el complemento de función pasarán a percibir este concepto como garantía ad personam, cuya cuantía vendrá determinada por la suma de la parte fija más la media de la parte variable percibida en los tres años inmediatamente anteriores a la firma del convenio.

  1. Garantía de Empleo

Se acuerda incluir una garantía de empleo en las siguientes condiciones:

La adquisición de la compañía AIR EUROPA por parte de IBERIA no afectará en ningún caso a los puestos de trabajo del personal de Tierra de IBERIA.

  1. Teletrabajo

Se incluirá en el convenio colectivo la posibilidad de prestar servicios en régimen de teletrabajo. Las condiciones aplicables a dicha modalidad se tratarán en una Comisión específica creada a tal efecto.

  1. Dirección Técnica-AQCESS

Se establece un nuevo sistema de ordenamiento laboral para mejorar la carrera profesional de TMA y equipararlos al mercado.

Se distribuirá en 5 Grados en base a su cualificación y las autorizaciones y se gratificará cada uno de los grados, con carácter retroactivo desde 01/01/2018, en base a Plus de Grado TMA creado a tal efecto.

Grado Cuantía Plus Cuantía Plus
TMA 2018 2019
1 151,97 155,01
2 181,62 185,25
3 269,30 274,69
4 427,30 435,78
5 510,82 521,03

 En líneas generales, los Grados corresponden de modo descriptivo y orientativo, no exhaustivo ni limitativo, a:

 

Grado Descripción General
1 TMA en formación de entrada y de cualificación en tareas  de menor complejidad
2 TMA con cualificación extensa en tareas no complejas y con cualificación en algunas tareas complejas
3 TMA con cualificación extensa en tareas complejas y con ciertas autorizaciones
4 TMA jefes que ejerzan efectivamente funciones de mando y TMA con cualificación extensa en tareas complejas y con un conjunto relevante de autorizaciones.
5 Certificadores B1 ó B2, Personal de Revisión de la Aeronavegabilidad y otras autorizaciones equivalentes

Seguiremos informando para ayudaros en todo las dudas que os puedan surgir al respecto de este acuerdo, enviando datos, por ejemplo, para calcular las cantidades de atrasos que, aproximadamente, os pudieran pertenecer.

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