La Audiencia Nacional da la razón a UGT sobre los gastos de transporte derivados de las citas médicas en TEBEX.

La Audiencia Nacional da la razón a UGT sobre los gastos de transporte derivados de las citas médicas en TEBEX.

La sentencia viene a dar la razón a todos los argumentos expuestos por UGT.

La Audiencia Nacional ha dado la razón a la demanda planteada por UGT contra IBERIA, condenándola al abono de cualquier gasto de transporte derivado del desplazamiento en el que incurra el trabajador o trabajadora, previa justificación del mismo, con motivo del seguimiento y actividad de control de su estado de salud a los que son llamados.

Desde el momento en que IBERIA contrató a TEBEX para realizar este servicio, el Sindicato Aéreo de FeSMC-UGT mostró su rechazo a tal actuación, ya que entendía que, aunque le amparaba la ley, ya existía un control a los trabajadores y trabajadoras con problemas de salud.

UGT fue la primera en solicitar a la empresa, una vez instaurado el procedimiento, que este tipo de actuación no supusiese, para las personas citadas al control, ningún tipo de gasto, entendiendo que si se producían por el desplazamiento a las citas médicas, IBERIA debía abonar los mismos.

El 15 de marzo, UGT fue la primera en presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, en la que se solicitaba que se indicase si IBERIA debía correr con los gastos generados a las personas llamadas para el control del estado de salud.

El 26 de abril, en un primer momento, y, posteriormente el 10 de mayo, UGT fue citada ante el Inspector para defender su demanda.

En resolución de 23 de mayo, la Inspección determinó que "IBERIA debía abonar a sus trabajadores y trabajadoras los gastos de desplazamiento motivados por la actividad de apoyo y seguimiento médico a las personas en situación de baja médica por cualquier contingecia, en las circunstancias recogidas en la Sentencia 114/2016 de la Audiencia Nacional".

A pesar de esta resolución, IBERIA siguió sin abonar dichos gastos por lo que UGT, tras apercibir varias veces a la Compañía, presentó demanda, el 17 de octubre en la Audiencia Nacional, previo paso por el SIMA. Escrito que sirvió a otras fuerzas sindicales, al ser copiado literalmente.

El 28 de noviembre, tuvo lugar el juicio en el que UGT expuso los motivos de la demanda, que fueron ratificados por CGT y USO, y a los cuales se adhirieron el resto de sindicatos.

La sentencia viene a dar la razón a todos los argumentos expuestos por UGT, e indica que el control del estado de la salud del trabajador o trabajadora no puede comportar, como pretendía IBERIA, un desembolso por el hecho de acudir a las visitas médicas presenciales.

UGT, con esta sentencia, conseguida gracias a la profesionalidad y esfuerzo de nuestro gabinete jurídico, ve cumplida sus pretensiones, valorándola muy positivamente, ya que viene a corregir una actuación de la Compañía que perjudicaba notablemente los derechos de los compañeros y compañeras de IBERIA, a los cuales felicitamos por este resultado.  

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