El Grupo RENFE deberá abonar al personal de ingreso la diferencia del incremento del 0,25% de 2018.

El Grupo RENFE deberá abonar al personal de ingreso la diferencia del incremento del 0,25% de 2018.

Durante la reunión de la Comisión Negociadora del pasado 22 de julio, se alcanzó el acuerdo para aplicar la cláusula 4ª del II Convenio Colectivo del Grupo RENFE con respecto a la distribución del 0,25% de la masa salarial 2018 en concepto de fondos adicionales.

Como consecuencia de este acuerdo, el incremento se destinó a las pagas extraordinarias para aquellos trabajadores y trabajadoras que tuvieran dicho concepto en su sistema retributivo, suponiendo un importe total de 112,80 € brutos en cálculo anual, repartidos en una paga por concepto de atrasos en la nómina de agosto (56,40 €), y otra junto a la paga extraordinaria del mes de diciembre (56,40 €).

No obstante, detectamos que al personal perteneciente a las categorías de ingreso no le fue abonada la cantidad total acordada, sino que se pagó un 70% o un 85% del importe, es decir 78,96 € y 95,88 € respectivamente en cómputo anual, según la permanencia de cada trabajador o trabajadora en dicha categoría.

Esta circunstancia supone un agravio comparativo con respecto al resto de la plantilla, además de constituir el incumplimiento tácito del acuerdo por parte de la empresa, ya que de este modo no repercutió la totalidad del importe emanado de calcular el 0,25% de la masa salarial de 2018, en el conjunto de los trabajadores y trabajadoras.

Ante esta situación, desde UGT hemos venido presionando a la empresa para que corrija dicha circunstancia, además de adherirnos a las acciones emprendidas por otras organizaciones como la demanda interpuesta ante la Audiencia Nacional, cuya mediación se ha llevado a cabo esta mañana.

Finalmente, hemos alcanzado un acuerdo en sede judicial en los siguientes términos: “La empresa se compromete a regularizar a los Operadores de ingreso los abonos realizados por el incremento adicional del 0,25% de la masa salarial de 2018 para el ejercicio 2019, abonándoles la diferencia entre lo abonado por dicho concepto en nómina de agosto y los 56,40 € que se han abonado al resto de trabajadores”.

Desde UGT valoramos positivamente el acuerdo, ya que consideramos que con ello se subsanará el agravio comparativo entre trabajadores, producido por el único motivo de llevar menos tiempo trabajando en la empresa. Asimismo, hemos realizado las gestiones oportunas para que el abono se realice en la nómina de enero, consiguiendo así que no se retrase aún más el cobro de un dinero que pertenece a los trabajadores y trabajadoras del Grupo RENFE.

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